
***
MODIFICACIÓN/EDICIÓN: Se aprueba la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (1 de julio 2015). En España, queda prohibido «facilitar» enlaces o archivos que tengan derechos de autor. Ver enlace.
***
Circular de 5 de mayo de 2006 de la Fiscalía General del Estado Español sobre los Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial tras la Reforma de la Ley Orgánica 15-2003 (PDF); página 37:
«Hay que entender que las conductas relacionadas con la utilización de nuevas tecnologías, para la comunicación u obtención de obras protegidas, tales como las de “colocar en la Red o bajar de Internet” o las de intercambio de archivos través del sistema “P2P”, sin perjuicio de poder constituir un ilícito civil, frente al que los titulares podrán ejercitar las correspondientes acciones en dicha vía, no reúnen, en principio, los requisitos para su incriminación penal si no concurre en ellas un ánimo de lucro comercial.»
- Descargar y compartir música (sin fines de lucro) no es ilegal.
- Poner enlaces a torrents o descargas en eMule no es ilegal.
- Multar a personas por compartir música es ilegal.
- Que un medio, o el representante de turno de X sociedad colectiva de autores diga que cierto acto es ilegal, ¡no lo convierte en tal! — infórmate, la ley está para protegerte.
OPERACIÓN DE DESCARGAS ILEGALES EN ESPAÑA
FUD: Fear, Uncertainty and Doubt — traducido al español: Miedo, incertidumbre y duda; estrategia usada para sembrar noticias falsas con el único objetivo de perjudicar.
En España estas operaciones son sólo FUD, para transmitir miedo a la población.
«la operación parece hecha para “meter miedo a la gente” y cree que tras ella existe una clara voluntad política, apunta, “en sintonía con las gestoras”, en referencia a las asociaciones que gestionan los derechos de la propiedad intelectual.«
Fuentes | Mangas Verdes y alt1040
Muy buenas,
Tengo una duda, mi idea es crear una página de un estilo musical en específico, encontrar canciones de calidad de algunos estilos de musica es complicado. Mi intención es crear una especie de membresia (por ejemplo 1 euro al mes) y suministrar los enlaces a youtube de canciones de un estilo de música. En resumen, yo buscaría la música y comparto el enlace para que la gente lo escuche. Por ejemplo a través de un grupo de telegram, sería como una especie de membresia. ¿Sería lega?
Muchas gracias!
Buenas tardes:
En tu caso, la creación de esa página web con esa membresía es completamente legal. De hecho, no estás obligando a nadie a usar tus servicios y estás ofreciendo un servicio de «compilación» de todas esas canciones (a modo de playlist) y embebiendo el contenido con sus debidos enlaces a otras plataformas (URLs) que ya pagan estos cánones y tasas, siendo públicas para el usuario final.
Por lo tanto, al no ofrecer descargas ilegales (saltándote el paso de YouTube o similar) estás cumpliendo con todos los términos de uso y servicio. Ahora bien, si mandas un enlace de descarga de la canción porque esté en tu servidor o en el de un amigo, entonces sí estás ofreciendo descargas ilegales sin pagar previamente por ello.
Si tienes más dudas, recomiendo que contactes con alguna gestoría online que trate asuntos de este tipo. Estoy seguro de que hay muchas.
Un saludo.
Estoy creando una página web para compartir música y vídeos de música, los videos principalmente de Youtube agregando el enlace¿Es ilegal que facilite la opción en mi web de descarga de un álbum completo de música o canciones sueltas a los usuarios? (sin ánimo de lucro) Gracias!
Se supone que no es ilegal pues usted no ha colaborado en la subida de dichos álbumes ni tiene alojados los archivos en ninguna página web a su nombre. Por tanto, y quien lea la ley que la entienda, usted no está cometiendo nada ilegal si ofrece sin ánimo de lucro los enlaces pertinentes. Saludos.
Hay alguna forma de compartir de manera masiva un libro escaneado y no correr riesgos de que te multen? He leído anteriormente que le has respondido al compañero que «lo quite el que lo puso, es su problema», pues yo no quiero tener problemas pero quiero compartir lo que tengo sin animo de lucro. Un saludo
Hola Pitu,
No seré yo quien te diga que compartas de manera masiva un libro escaneado, pero te puedo decir algunos datos, a partir de ahí ya puedes pensar lo que quieras:
1. El archivo lo subió otro, entonces la multa es para quién sube ese tipo de archivos
2. Tú únicamente (y sin estar en contacto con la persona que lo subió) compartes el archivo entre tus amigos o compañeros de trabajo
3. Compartes el archivo sin ganar dinero a cambio (sin ánimo de lucro), simplemente porque envías el enlace como el que envía el enlace de una página web curiosa o alguna otra promoción local de tu ciudad.
No eres el autor de dicha subida ni aquél que gana dinero por compartir ese enlace, así que bueno, piensa en qué situación estás y eso quizás te ayude un poco.. ya que, como he dicho varias veces, compartir es GRATIS 😛
Gracias por la respuesta!
saludos
Buenos días y gracias por el texto. Ando buscando legislación porque desde mi Web enlacé una página de descarga de un libro y uno de los editores (USA) me ha escrito indicándome que «será mejor por el bien de los dos que quite el enlace». ¿Amenaza vacía o real?
Que lo quite el otro, así de simple. Si tú no tienes nada que ver en la subida del archivo (como es en este caso), el único que está incumpliendo la ley es el que ha subido el vídeo. En tu caso la compartes, de forma gratuita, sin obtener ingresos a cambio. Por tanto, al no haber venta (negocio, contraprestación), puede decirse que únicamente «compartes» lo que ves/escuchas, algo completamente HUMANO y gratuito como la vida misma. El problema es quien lo sube (ya que infringe los derechos de autor) o el que saca beneficios monetarios de ello.
Un saludo!
Gracias por el comentario, intuyo que no habría problemas con independencia del origen USA del material o de la productora. ¿No?
Es cierto que en USA se meten con cualquier cosa, también hay que tener cuidado con eso. No puedo afirmarte con seguridad qué pasaría con los derechos en el extranjero, pero en España no pasa nada. Pregunta en cualquier institución de derechos de autor, allí deben brindarte información original y verdadera. Un saludo y suerte!